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Feb

Beneficios de ISO 20022

La diferencia entre MAE y BYMA, es que la tecnología de cable ISO 20022 en vías de desarrollo (Arquant) será la primera y única existente en Argentina (por algún tiempo). Es decir, el MAE será el primer y único mercado de intercambio en contar éste tipo de tecnología. Esto significa poder hacer lo que hasta ahora resultaba imposible, por ejemplo, hacer las actualizaciones (segundo a segundo) de las cuentas de margen para los Futuros de Dólar, los cálculos de primas para call y put (Hedging), Operaciones de Cesta, Creación de Índices propios del MAE, etc, etc, etc (todo en tiempo real).

Pero el mayor beneficio de esta nueva tecnología, está dirigido a las propias entidades financieras (accionistas del MAE). La tecnología ISO 20022 (Procesamiento por Flujo de Eventos basado en protocolos sin estado) le permitirá al MAE integrar la Liquidaciones Neta y la Liquidación Bruta en una misma plataforma OLTP de alta frecuencia.

Esto permitirá que cada banco comercial que cuente una cuenta de registro en el CRyL y su pertinente cuenta de liquidación y/o transferencia en el MEP, pueda funcionar como Agente de Custodia, Compensación y Liquidación, dado que la tecnología ISO 20022 permite la creación de back office independientes para cada banco, de tal manera se integren con Siopel, MAE Clear, CRyL, MEP, bancos corresponsales, bancos de liquidación internacional y otras cámaras compensadoras a través de la Capa de Negocios o User Space (Capa de Middleware) desarrollada por Arquant.

Cuando los bancos dispongan de su propio Back Office ISO 20022, podrán acogerse al "Inciso d) del punto 3.3.2.1 (Cuentas especiales para entidades financieras que se desempeñan como custodio y agente de registro) de la Comunicación BCRA "A" 7294 (Texto ordenado el día 28-05-2021) que dice: "Las entidades deberán contar con una declaración expresa de sus custodiados, cuyas tenencias se encuentren registradas tanto en la cuenta global “02”, como en las individuales, indicando que sus IDP e IRM queden registrados en la entidad custodia y que no se transfieran a la Caja de Valores S.A., en los términos de la ley de desgravación para la compra de títulos valores privados en el impuesto a las ganancias y de las disposiciones contenidas en el decreto reglamentario del funcionamiento de la Caja de Valores S.A."